Acquisto Viagra Generico
Comprare Cialis Generico

Segunda fase de conversión de nombramientos eventuales en interinos en Hospitales y SUMMA 112.

A fecha 30 de septiembre de 2017, según datos del Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, el número de personal eventual en el SERMAS asciende a 7.829 personas.

Tras muchos años de “fraude” en la contratación, y pese a las interinizaciones llevadas a cabo últimamente, el número de personal eventual ocupando plazas no coyunturales es aún enorme.

Si a esta cifra se une la de personal interino en plaza vacante (18.822), se alcanza un total de 26.651 trabajadoras/es temporales, el 37,97% de la plantilla.

Sólo la utilización del nombramiento de interinidad en plaza vacante de manera generalizada y la convocatoria de una OPE que recoja la totalidad de las plazas temporales arreglaría este desaguisado.

La Resolución de 8 de noviembre de 2017.

Tras la conversión de 5.450 nombramientos de personal estatutario eventual en nombramientos estatutarios interinos por plaza vacante en los hospitales del Servicio Madrileño de Salud y el SUMMA 112, llevada a cabo en junio pasado, aún queda personal con más de dos años encadenando contratos, que responden a necesidades estructurales.

Por ello, la se dicta la Instrucción de 9 de noviembre de 2017 que permitirá continuar con el procedimiento de cobertura de vacantes mediante nombramientos de interinidad y, al mismo tiempo, proceder, en su caso, a la regularización de los nombramientos de eventuales que obedecen a la cobertura de ausencia de un titular, mediante los correspondientes nombramientos de sustitución.

INSTRUCCIONES

1. Personal con nombramiento eventual con antigüedad superior a 2 años incluido en los listados definitivos publicados por las Gerencias de Atención Hospitalaria y SUMMA 112 y que no obtuvo nombramiento de interinidad por falta de plazas vacantes.

Para la transformación de los nombramientos el procedimiento será el siguiente:

a) Tras la adaptación de plantillas, el personal de las categorías y especialidades con nombramiento eventual con antigüedad superior a dos años en la fecha de corte de 10 de mayo de 2017, incluido en los listados definitivos publicados por las Gerencias, que no pudo ser nombrado personal estatutario interino por no existir plaza vacante: se transformará directamente su nombramiento eventual en un nombramiento de personal estatutario interino, siguiendo el orden de prelación fijado en dicho listado definitivo.

b) Tras la adaptación de plantillas, el personal de las categorías y especialidades que cuenten con menos plazas vacantes que personal eventual de más de 2 años de antigüedad pendiente de nombramiento, por obedecer parte de estos eventuales realmente a reservas de plaza del titular no cubiertas y siguiendo el orden de prelación del listado publicado por la Gerencia: se procederá a ofertar a estos profesionales las plazas vacantes y todas las reservas no sustituidas de su categoría y especialidad, con indicación del titular y causa que dio origen a la reserva de plaza. 

La Dirección General de RRHH, en función de los datos que les remitan las Gerencias, procederá a  la realización de los nombramientos de interino por plaza vacante, según certificación que acredite la elección por los interesados y realizará los correspondientes nombramientos de personal sustituto, con efectos de 1 de enero de 2018 previa autorización de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

2. Categorías y especialidades no afectadas por el proceso anterior, que cuentan con vacantes en plantilla orgánica o reservas por ausencia del titular no sustituidas.

- Las Gerencias con plazas vacantes o reservas de titular sin cubrir en categorías y especialidades no afectadas por el proceso anterior, baremarán a todo el personal eventual y sustituto la antigüedad en el Sistema Nacional de Salud, en la misma categoría y especialidad, a fecha de corte 1 de noviembre de 2017

El listado deberá publicarse el 15 de noviembre en los tablones de anuncios, mediante Resolución de la Dirección Gerencia.

- Tras la publicación se abrirá un plazo de 10 días naturales para la presentación de las alegaciones y la documentación acreditativa de las mismas.

Agotado el citado plazo, las Gerencias deberán resolver en el plazo de 7 días naturales las reclamaciones presentadas, a fin de publicar el listado definitivo.

- Publicado el listado definitivo, las Gerencias, siguiendo el orden de prelación del mismo, ofertarán a los profesionales incluidos las plazas vacantes para un nombramiento de interinidad, así como aquellas sustituciones que sea preciso cubrir.

Como en el apartado anterior, los datos se remitirán a la Dirección General de RRHH, para la realización de los nombramientos de interino por plaza vacante, según certificación que acredite la elección por los interesados y a la realización de correspondientes nombramientos de personal sustituto, con efectos de 1 de enero de 2018 previa autorización de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda.

- El personal con nombramiento de sustitución que renuncie a una plaza ofertada de interino por vacante en este proceso, no será penalizado en las bolsas de empleo temporal correspondientes.

- Los desempates se resolverán teniendo en cuenta la letra del sorteo anual que se efectúa desde la Dirección General de Función Pública, que para el año 2017 es la “D”.

3. Cobertura de vacantes generadas tras este proceso.

Todas las nuevas plazas vacantes que se generen una vez ultimado este proceso,  previa autorización de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, deberán cubrirse mediante nombramiento estatutario interino.

Información adicional