La Justicia ve discriminatorio excluir a los eventuales del acceso a Carrera Profesional (28/07/2021).

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El sindicato médico madrileño Amyts ha informado de una nueva sentencia del Tribunal Supremo, en la que indica que “resulta discriminatorio para el personal estatutario eventual la exclusión en el acceso a la Carrera Profesional frente al personal fijo por no concurrir razones objetivas”.

Son razones en el sentido “de la cláusula 4.1 del Acuerdo Marco que acompaña a la Directiva 1999/70/CE” que justifiquen la exclusión, “como lo pone de manifiesto que se haya reconocido al personal estatutario temporal interino”, resuelve esta instancia judicial.

Esta sentencia se dicta en el contexto de un recurso de casación presentado por la Asesoría Jurídica de Amyts, cuya letrada, Rosa María Guardiola, manifiesta que “ya existe doctrina consolidada sobre esta cuestión, de tal forma que el personal suplente o eventual va a tener derecho a ser evaluado en los mismos términos que el personal fijo e interino”.

Esta organización sindical  pone de manifiesto el hecho de que el demandante en el proceso, que es personal estatuario suplente, “ya ha sido evaluado por el Comité de evaluación con propuesta del nivel que le correspondía”.

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