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Recuperación de la Carrera Profesional para el personal estatutario fijo del SERMAS (07/08/2018).

La modificación/incumplimiento del Acuerdo de 4 de julio de 2018, de recuperación progresiva de carrera profesional para el personal estatutario fijo del Servicio Madrileño de Salud, no solo supone la ampliación en un año del plazo de recuperación (pasa de 3 a 4), sino el incumplimiento de los porcentajes aprobados para cada uno de los años. 

Así por ejemplo, el Acuerdo establecía que el mínimo a abonar en 2019 sería del 50% (ampliando el Acta al 66,5% la recuperación para ese año), cuando la realidad publicada en el BOCM es que en 2019 se alcanzará únicamente el 36,82% de recuperación.

El contenido del Acuerdo publicado es el siguiente.-

El BOCM de hoy, 7 de agosto de 2018, hace público el Acuerdo de 31 de julio de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo adoptado en la Mesa Sectorial de Sanidad entre la Administración Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud y las organizaciones sindicales presentes en la misma con fecha 29 de noviembre de 2017, y se procede a la recuperación progresiva de la carrera profesional del personal estatutario fijo del Servicio Madrileño de Salud.

- Lo publicado responde al Acuerdo de 4 de julio de 2018 de la Mesa Sectorial, con excepción del apartado 2, “ya que actualmente no es posible la recuperación de la carrera profesional en tres años” (dicha modificación se propuso a las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial el 27 de julio de 2018, pero no se llegó a un acuerdo).

- El Anexo III sobre el modelo de carrera profesional para los profesionales estatutarios del área sanitaria de formación profesional y de gestión y servicios del personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud, se incorpora a los modelos ya existentes (Anexos I y II de los modelos de carrera profesional de licenciados y diplomados sanitarios).

- Los 25.000.000 de euros (Ley 12/2017, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid del año 2018) para carrera profesional, se distribuirán entre los Anexos I, II y III, conforme al coeficiente que resulte de aplicación en el reparto, de forma que los profesionales reciban el mismo porcentaje de recuperación obtenido entre la diferencia de las retribuciones percibidas por los conceptos de carrera y promoción profesional en la actualidad y los nuevos niveles reconocidos.

- Como el actual techo de gasto fijado para el año 2019 por el Gobierno de la nación no permite la recuperación de la carrera profesional en tres años, el 100% de la recuperación se alcanzará en el año 2021.

El porcentaje de recuperación de cada año será el siguiente:

•2018: 36,82%

•2019: Se mantiene el 36,82%

•2020: 68,41%

•2021: 100,00%

- Personal de los Anexos I y II: tras la publicación del presente Acuerdo, los comités de evaluación de área deberán ‘reunirse’, en el plazo máximo de cinco días, abriéndose un plazo de veinte días naturales para que los profesionales que reúnan los requisitos para acceder a un nuevo nivel antes de finalizar dicho plazo, puedan presentar sus solicitudes y la documentación correspondiente.

- Personal del Anexo III: tras la publicación del presente Acuerdo, los comités de evaluación de área deberán ‘constituirse’, en el plazo máximo de cinco días, abriéndose un plazo de veinte días naturales para que los profesionales del área sanitaria de formación profesional y de gestión y servicios presenten las solicitudes de reconocimiento de nivel de carrera profesional.

- Los efectos económicos durante 2018 solo surtirán efectos desde la entrada en vigor de los acuerdos del Consejo de Gobierno, en este caso, el día de su publicación (conforme a lo previsto en el artículo 27.5 de la Ley 12/2017, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid), luego no tendrán efectos retroactivos, lo que supone que el primer mes de abono será agosto

- Aplicación de la carrera profesional al  personal no fijo: En el plazo máximo de un mes desde la publicación del presente Acuerdo, se negociará en la Mesa Sectorial de Sanidad la revisión de los Anexos I, II y III de carrera profesional, con el fin de incorporar a los correspondientes modelos a todo el personal no fijo, a todos los efectos.

- Como Anexos al acuerdo se publican:

•El Acuerdo de la Mesa Sectorial de 29/11/2017.

•Anexo III. Modelo de carrera profesional para el personal de formación profesional del área sanitaria y personal de gestión y servicios, de régimen estatutario del Servicio Madrileño de Salud.

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