INSTRUCCIONES CONVERSIÓN PERSONAL EVENTUAL EN INTERINO

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Ayer 31 de julio de 2014, la Dirección General de RRHH del SERMAS hizo públicas las Instrucciones y cuyo contenido básico es el siguiente: 

- Una vez aprobadas las plantillas de los centros (que desconocemos) se procederá a la cobertura de plazas de las citadas plantillas mediante nombramientos de interinidad en las distintas categorías. 

- El proceso será de aplicación al personal eventual con nombramiento al amparo del artículo 9.3 del E. Marco (no afecta a quienes tengan nombramientos de sustitución), que a fecha 18 de julio de 2014 esté prestando servicios (o en excedencia por cuidado de hijos menores de tres años). 

PROCEDIMIENTO.- Para decidir a quiénes les corresponde convertirse en interinos, las gerencias de cada centro baremarán al personal eventual indicado en el párrafo anterior, con los siguientes criterios: 

Personal facultativo de hospitales.- Se valorará la puntuación obtenida en “Experiencia Profesional, Formación y Docencia e Investigación” –ver apartados 3.1.1., 3.1.2. y 3.1.3. de las Instrucciones-, finalizando con una ¡¡¡ENTREVISTA!!! –apartado 3.1.4.-

La baremación se llevará a cabo por una Comisión por cada una de las especialidades, en cada uno de los centros –ver apartado 4.-.

Personal de categorías con bolsa única centralizada.- Médicos de Familia y Médicos del SUMMA 112, Médicos Pediatras de A.P. y Enfermeras. 

Se tendrá en cuenta la puntuación en bolsa hasta el 15 de octubre de 2012 –última fecha de actualización- y, desde el 16 de octubre de 2012, hasta el 18 de julio de 2014, deberán actualizarse los méritos –servicios prestados y formación-.

Personal de categorías con bolsa propia en el centro.- Se baremará por los criterios de las propias bolsas, valorando los méritos hasta el 18 de julio de 2014

Categorías Estatutarias que no cuentan con bolsa de empleo temporal.- Se baremará siguiendo los criterios que se vengan utilizando en cada Centro, valorando, en todo caso, la experiencia profesional.

PLAZO PARA ACTUALIZAR LOS MÉRITOS.- El plazo para aportar los documentos acreditativos de los méritos a valorar será desde el 1 de agosto al 10 de septiembre de 2014, ambos inclusive.

Deberá utilizarse el MODELO que aparece en la página 12 de las Instrucciones.

Seguiremos informando.

Madrid, 1 de agosto de 2014.

Comunicado completo.